19 de abril de 2024

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SRT: Recalificación Profesional, un camino hacia la rehabilitación del trabajador

Como parte de los servicios que debe brindar toda ART a los trabajadores accidentados o víctimas de alguna enfermedad profesional, existe una prestación denominada recalificación profesional. El objetivo de la misma consiste en suministrar al trabajador damnificado los medios para que pueda obtener, ejercer y conservar un empleo adecuado, en caso de que luego del siniestro, no pueda retomar a las tareas que desarrollaba con habitualidad.

Las ART cuentan con profesionales encargados de realizar el proceso de recalificación, el cual, de acuerdo a lo dispuesto por la resolución SRT 216 de 2003, debe adecuarse a las siguientes etapas:

Evaluación: se evaluarán las capacidades y aptitudes del trabajador con el fin de establecer su posible desempeño laboral cuando se encuentre en condiciones efectivas de reiniciar su vida laboral.

Orientación: se efectuará un pronóstico con relación a las actividades que el damnificado pueda y quiera desarrollar, de acuerdo a las posibilidades de formación profesional, de empleo existentes o necesidades laborales en la zona donde habita o donde pueda desarrollarlas.

Análisis Ocupacional: se relevarán los posibles puestos de trabajo, valorando los requerimientos y oportunidades concretas de éstos y su entorno, con el objeto de adecuar, en caso necesario, el medio laboral para ser ocupado por el siniestrado.

Capacitación: se implementarán métodos y técnicas adecuadas al tipo de impedimento causado por el accidente o la enfermedad profesional de que se trate. En función de las diferentes capacidades de los trabajadores, las ART deberán ofrecer al damnificado distintas posibilidades para ser capacitados.

Colocación: en primera instancia, se promoverá la reinserción del trabajador siniestrado al puesto de trabajo que ocupaba en el mismo establecimiento; de no ser posible, se evaluará a través de las habilidades del damnificado la posibilidad de reinserción laboral en otro puesto de trabajo.

Seguimiento: la ART realizará, por un período de sesenta días a partir del reingreso laboral del damnificado, el seguimiento de la reubicación laboral a fin de verificar las condiciones de trabajo. En aquellos casos en los que el trabajador haya sido capacitado, se remitirá la certificación que acredite la finalización de dicha capacitación y, de corresponder, la constancia de la entrega de herramientas.

La recalificación profesional es un proceso gradual, que requiere el mayor esfuerzo posible de todos los involucrados en el mismo. Asimismo, es importante que los trabajadores sepan que se trata de un derecho contemplado dentro de la Ley de Riesgos del Trabajo. Ante cualquier duda, contactate al 0-800-666-6778 de lunes a viernes de 8 a 19 o escribinos en nuestro formulario Web.

Fuente: srt.gob.ar

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