29 de marzo de 2024

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Peru: Los oficios que deberán contratar un Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo

Unas 56 actividades económicas tienen como plazo hasta el 30 de enero de este año para contratar obligatoriamente el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) a sus colaboradores, luego que el Ministerio de Salud ampliase el número de ocupaciones consideradas riesgosas.

Pero, ¿qué es el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo y cuáles son sus características?, según Aaron Foinquinos, director de la Unidad de SCTR de MAPFRE, es uno obligatorio que otorga coberturas de salud, invalidez y sepelio por accidentes o enfermedades causados en el ejercicio de labores de alto riesgo.

1. Está hecho para proteger. El SCTR está diseñado para proteger al trabajador contra accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, manteniendo su nivel de vida y recuperar su salud. En casos de fallecimiento, el seguro mantiene económicamente a la familia y la ayuda a desarrollarse.

2. No existe un límite de cobertura. El objetivo del seguro es reparar todos los daños físicos causados por el accidente hasta su recuperación total. Se contemplan cirugías, medicinas, rehabilitaciones y prótesis, entre otros. Todos estos procedimientos se cubren al 100% y sin tener que abonar copagos.

3. Se aseguran todos. Debe asegurarse la totalidad de colaboradores del centro de trabajo, donde se desarrollan las actividades de alto riesgo, esto incluye a personal administrativo en caso de estar expuesto a los riesgos de accidente o enfermedad.

La escala de multas para una compañía obligada a contar con el SCTR que no cumpla con su adquisición oscila entre 51 UIT y 100 UIT. A ello se suman responsabilidades penales, además de los costos médicos y prestaciones económicas de un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Las nuevas actividades económicas que deberán contar con el SCTR son las siguientes:

1. Agricultura, Ganadería, Caza y Actividades de servicios conexas.

2. Elaboración de productos alimenticios.

3. Elaboración de alimentos preparados para animales.

4. Elaboración de bebidas.

5. Fabricación de calzado.

6. Fabricación de productos de caucho, baterías y acumuladores.

7. Fabricación de relojes y joyas.

8. Fabricación de papel y productos de papel.

9. Actividades de edición.

10. Actividades de impresión.

11. Fabricación de otros equipos de transporte y artículos de deporte.

12. Fabricación de juegos y juguetes.

13. Fabricación de equipo de transporte NCP.

14. Recuperación de materiales.

15. Mantenimiento y reparación de vehículos automotores.

16. Venta al por mayor de materias primas agropecuarias y animales vivos.

17. Venta de combustible al por mayor y menor.

18. Transporte de pasajeros, carga y almacenamiento.

19. Actividades de mensajería.

20. Telecomunicaciones.

21. Actividades de seguridad privada.

22. Actividades de limpieza.

23. Administración pública.

24. Actividades de servicios de información.

25. Otras actividades de servicios personales

Fuente: rpp.pe

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