28 de marzo de 2024

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LRT, 20 años después: Opiniones de Jorge Alfredo Cutuli

En el marco de los 20 años de la promulgación de la Ley de Riesgos de Trabajo, el Licenciado Jorge Alfredo Cutuli,  Presidente del Instituto Argentino de Seguridad y Director de la Revista Seguridad nos brinda su opinión sobre la Ley 24557, aspectos positivos y negativos y los cambios que deberían de realizarse. 

  • ¿Qué opina usted de la ley 24557?

Mi opinión actual es que deben revisarse parte de sus prescripciones para adecuarlas, con la participación de todos los Sectores interesados.

  • Teniendo en cuenta que la ley va a cumplir en este año su aniversario número 20 de sanción, ¿Considera usted que es positiva o no?

La Ley y todos sus ordenamientos legales, tales como Decretos, Resoluciones, Disposiciones, que se promulgaron con posterioridad, tuvieron como finalidad ir adecuando parte del texto inicial, para hacerlo más entendible y aplicable, en un abundamiento legal, que orienta hacia el objetivo fundamental, que es reducir los Riesgos del Trabajo, para evitar que se produzcan Accidentes y Enfermedades Laborales y en este sentido, es positiva.

  •  ¿Considera que la ley cumple con los objetivos legales de mejorar las condiciones laborales?

La Ley indica lo que “hay que hacer” y “quienes deben hacerlo”, para mejorar las condiciones laborales, pero estas condiciones solo pueden mejorar, si en los lugares y ambientes de trabajo se aplican las acciones Correctivas y Preventivas, que es responsabilidad de los Empleadores.

  • ¿Cuáles son los aspectos positivos y negativos respecto de la prevención de los riesgos del trabajo con esta ley?

Los aspectos positivos son los expresados en la Ley en el sentido de realizar las mejoras y adecuaciones necesarias para disminuir la accidentabilidad laboral, y los negativos, se centran en la poca “docencia” y en no impartir los conocimientos necesarios a los Actores Sociales integrantes del Sistema.

  • El nivel de litigiosidad con esta ley ¿bajo o subió?

En principio la litigiosidad se “contuvo”, pero en la actualidad han aumentado considerablemente los juicios, especialmente en lo referido a las consideraciones sobre “reparación integral”.

  • ¿Cree que los empleados y empleadores se han concientizado sobre los derechos y obligaciones que deben asumir en materia de prevención?

Sobre este punto, convendría analizar la implementación de medidas de carácter informativo y motivador, que aumenten la conciencia de Seguridad de Empleadores y Trabajadores, teniendo en cuenta la ausencia de enriquecimiento de cultura sobre la Seguridad, prácticamente ausente en los distintos niveles de la enseñanza sistemática, lo que hace que las Autoridades de Competencias, las A.R.T. y los Empleadores “asuman de hecho”, la responsabilidad de divulgar y concientizar en la materia, comenzando por hacer interpretar las bondades que se desprenden de la prevención de riesgos de infortunios, de tan significativa importancia socio-económica.

  • Las empresas, ¿Cumplen con las condiciones de Higiene y Seguridad exigidas por la ley?

En la mayoría de las Empresas, debería intensificarse el cumplimiento de la Legislación vigente, pero fundamentalmente, el definir sus Políticas Internas de Seguridad e Higiene en el Trabajo e implementar Sistemas de Gestión, como así también, definir Responsabilidades sobre Seguridad a sus distintas Áreas y Niveles de Conducción y Operativos, de manera tal, de orientar y ganar en participación, para el cumplimiento de sus Programas. Se trata de cumplir no solamente como una exigencia legal, sino como un objetivo particular de la Organización. Se nota la ausencia de Políticas Internas y de Organización para cumplir con la Ley.

  • Con respecto a las enfermedades profesionales y al nuevo Listado de la OIT, ¿Cree usted que el listado de la ley 24557 deberá actualizarse?

Sí, es conveniente que los Listados de Enfermedades Profesionales provenientes de la O.I.T., que se han incluido en la Ley 24.557, sean revisados y actualizados en forma periódica para adecuarlos a las nuevas Modalidades de Tutela de la Salud de los Trabajadores.

  • ¿Qué medidas cree usted que se deberían tomar para el futuro?

El futuro, como en todas las cosas de la vida, tiene mucho que ver con la manera en que se vive el presente. La actual experiencia que hemos incorporado en los años de vigencia de la Ley, plantea algunos caminos a seguir que podrían resumirse en los siguientes puntos principales:

-Orientar y exigir que los Establecimientos comprendidos por la Ley, determinen su Política de Seguridad e implementen Sistemas de Gestión en tal sentido.

-Deberían comenzarse a controlar si los Servicios de Higiene y Seguridad y de Medicina del Trabajo, reciben de parte de las Autoridades Empresarias, todo lo que necesitan para poder llevar adelante las Funciones que se especifican en la Resolución S.R.T. Nº 905/2015.

-Efectuar un mayor Control Docente hacia los Responsables comprendidos en la Ley, de parte de las A.R.T. y adecuar los Planes de Capacitación de los Trabajadores, intensificando lo referido al “Autocontrol Preventivo”, que es uno de los pilares de la “Seguridad Proactiva”.

-Capacitar a los Niveles de Mando de la Empresa, brindándoles conocimientos sobre Prevención de Riesgos, a efectos de que puedan orientar a los Trabajadores para un mejor cumplimiento de las Normas de Seguridad establecidas.

-En la Empresa, la Seguridad es realmente un problema de todos, pero esto solamente tiene éxito, si todos tienen definidas sus Responsabilidades en materia de Prevención de Riesgos.

 

Redacción Empresalud: Romina Paván

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