25 de abril de 2024

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La Prevención de Riesgos del Trabajo no tiene fecha de vencimiento…

EDITORIAL (2)

La “fecha de vencimiento” de un producto adquiere mucha importancia cuando compramos algún alimento, ya que necesitamos conocerla para saber si la podemos consumir.

Algo similar pasa cuando leemos una “noticia” en determinado periódico o página web; si la noticia tiene la fecha del día de hoy y es del ambito deportivo, policial o social será distinta la relevancia que le damos a que la noticia sea de hace varios días o años.

Esto el lógico de comprender.

Lo anterior que nos pasa a todos, adquiere importancia en este momento porque con las “Noticias de Prevención de Riesgos del Trabajo”, no pasa lo mismo.

En Prevención la “noticia” es del día que salió, pero contrariamente a todos los demás temas mencionados, no pierde su vigencia.

A lo sumo, deja de ser “noticia”, y pasa a ser “nota”, que es interesante de conocer por el valor de lo escrito. Por ejemplo cuando hablamos de los Convenios de la OIT, las Resoluciones de la SRT, o la forma de prevención de algún riesgo de trabajo son “noticia” cuando salieron y posteriormente son “notas” que siguen siendo interesantes de conocer y no pierden vigencia.

Podríamos seguir dando ejemplos, pero lo que interesa aclarar aquí, es que en este nuevo formato de nuestro PORTAL EMPRESALUD, usted podrá leer la nota o noticia, con la fecha en que se publicó, pero se debe recordar que siempre estan vigentes y es usted, amigo lector quien determinará si le es de utilidad o no.

Por todo lo anterior es que puedo afirmar que: La Prevención de Riesgos del Trabajo no tiene fecha de vencimiento.

Agradecido por leernos, esperamos ser de utilidad.

El Director.

 

 

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