20 de abril de 2024

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Argentina: Gobierno suma freno para iniciar juicios por accidentes laborales

El Gobierno puso un obstáculo más para la realización de juicios por accidentes de trabajo. A la controversia que suscitó en el ámbito judicial la sanción de la nueva ley de riesgos del trabajo, la cartera laboral sumó un bloqueo administrativo que en los últimos días disparó cuestionamientos de abogados y la amenaza de acciones legales contra el ministro Jorge Triaca.

El nuevo obstáculo quedó al descubierto en una comunicación interna del director general de Relaciones Individuales del Ministerio de Trabajo, Omar Nills Yasin, a los funcionarios del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (Seclo), un organismo que funciona como paso obligatorio previo a cualquier demanda en el fuero laboral. El texto, al que tuvo acceso este diario, prohíbe a los conciliadores abrir expedientes con fecha posterior al 1 de marzo pasado (en teoría, desde la vigencia de la ley 27.348, sobre accidentes del trabajo).

Esa comunicación es consistente con el espíritu de la nueva ley de riesgos del trabajo, que surgió con el aval de la CGT y que apunta a reducir los juicios por accidentes al promover arreglos en una instancia previa, a ser dirimida en comisiones médicas. Sin embargo, los abogados que trabajan en el rubro alertaron por dos inconsistencias: por un lado advirtieron que se trata de un cepo más al acceso a la Justicia, que según esos especialistas debería ser irrestricto (y citan fallos de la Corte Suprema en ese sentido) y por otro, indicaron que el impedimento para acudir al Seclo debería regir, en el peor de los casos, para los accidentes de trabajo ocurridos luego de la entrada en vigencia de la nueva normativa y no sobre los expedientes presentados con posterioridad a esa fecha.

En Trabajo, por su parte, alegaron que la instrucción de Nills Yasin está orientada al cumplimiento de la Ley 27.348 al orientar como paso administrativo previo a un juicio las comisiones médicas y no el Seclo. En esa línea dijeron que de ese modo se buscó ahorrar los $3.500 por expediente que cobran los conciliadores en los casos de accidentes de trabajo. Es decir, 200 millones de pesos al año. La nueva normativa, sancionada en febrero pasado, establece que las comisiones médicas jurisdiccionales serán “la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias”.

El presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, Matías Cremonte, cuestionó la comunicación interna por entender que “apunta a obstaculizar el acceso a la Justicia” de los trabajadores que sufrieron un accidente y planean iniciar una demanda para reclamar una reparación.

“El procedimiento de la Justicia laboral obliga, antes de iniciar una demanda, a acudir al Seclo. Lo que hace esta comunicación es prohibirles a los conciliadores tomar audiencias y entregar actas. En todo caso deberían formalizar que ya no es más requisito pasar por el Seclo porque de lo contrario, esto es un obstáculo añadido a las propias comisiones médicas para acceder a la Justicia”, precisó Cremonte.

Por su parte, el presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, Jorge Rizzo, cuestionó en cambio que la comunicación les prohibiese a los conciliadores del Seclo “habilitar la vía judicial de ningún expediente sobre riesgos de trabajo promovido a partir del 1 de marzo de 2017”. En ese sentido explicó: “el artículo 20 de la nueva ley dice que están comprendidas las contingencias ocurridas después de la entrada en vigencia de la ley, que sería a partir del 5 de marzo. Entonces, cualquier accidente ocurrido antes de ese día, sin importar cuándo presente el abogado el expediente, debe ser recepcionado en el Seclo”, apuntó Rizzo.

El dirigente recordó que “la prescripción en los accidentes de trabajo es de dos años”, con lo que “nadie puede prohibir el inicio de la vía administrativa antes de ir a un juicio por casos ocurridos antes, sin importar la fecha de presentación”. “Si el Colegio toma conocimiento de que un profesional no consigue asignación de conciliador por un accidente ocurrido antes de la entrada en vigencia, el 5 de marzo, promoverá acciones contra el director de Seclo, el ministro de Trabajo y quien corresponda por denegación de Justicia”, advirtió Rizzo.

Fuente: ambito.com

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