20 de abril de 2024

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Argentina: El trabajo femenino y la ley

Protección a la maternidad

Se le reconoce a la trabajadora embarazada una licencia por 90 días, con un mínimo de 30 días antes de la fecha probable de parto (FPP) y 60 días luego del mismo. En caso de un nacimiento adelantado a la FPP, el descanso no gozado se acumulara hasta completar los 90 días. La FPP se hará constar en certificado medico extendido por el/la medico/a que atiende a las trabajadoras.

Durante el periodo de la licencia por maternidad la trabajadora percibirá una asignación de la seguridad social. Su monto será equivalente a la remuneración correspondiente al período de licencia legal.

Una vez confirmado el embarazo, la trabajadora, deberá comunicarle a su empleador la FPP en forma fehaciente, mediante telegrama, carta documento o nota cuya copia quede en poder de la trabajadora con el recibo correspondiente. Esta notificación es imprescindible, puesto que a partir de ella la ley garantiza a la mujer el derecho a la estabilidad en el empleo y presume el despido a causa de su maternidad, si se produjera el cese dentro de los 7 meses y medio anteriores y 7 meses y medio posteriores al parto. Este derecho se adquiere también si la trabajadora no hubiera notificado el embarazo pero éste fuera público y notorio.

Para Lactancia, la trabajadora dispone de dos descansos de una hora en el transcurso de la jornada laboral por un periodo no superior a 1 año a partir de la fecha de nacimiento. A opción de la trabajadora podrá acumularse la licencia diaria ingresando dos horas después o retirase dos horas antes de conformidad con las autoridades del organismo.

Legislación en la Provincia de Córdoba,

El ex gobernador de la Provincia de Córdoba, Juan Schiaretti, en epoca electoral de 2011, firmó un convenio para extender de 3 a 4 meses la licencia por maternidad de la mujer trabajadora y a los padres la licencia por nacimiento de hijo de 2 a 8 días corridos.

De esta manera, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) se hará cargo de tres meses, mientras que la Provincia aportará el equivalente a un mes de sueldo para cubrir el cuartomes de licencia

Cabe recordar que con fecha 28 de febrero se publicó en Córdoba la ley 9905, que otorga 6 meses de licencia por maternidad a las empleadas públicas de la Provincia, y a los padres le extiende la licencia por nacimiento a 8 días corridos. Con la firma de este acuerdo se busca dar un marco de menor inequidad entre las empleadas públicas y las del sector privado, ya que las primeras gozan de seis meses de licencia por maternidad, al igual que las profesoras universitarias.

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